LICENCIA POR PREEXAMEN, EXAMEN E INTEGRANTE DE MESA EXAMINADORA Art. 59.
(a) 15 días al año
Carreras de grado, universitarias o terciarias para finales o parciales. No más de 5 días por vez inmediatos anteriores a la fecha de examen.
(b) El día del examen
Acreditar con certificado correspondiente. Este beneficio se prorrogará cuando la mesa se postergue o no se integre.
(c) El /los días de examen
Cursos preparatorios de ingreso a carrera universitaria o terciaria, igual que apartado anterior (b).
(d) El/ los días examen final.
Cursos primarios, secundarios. Iguales condiciones (b).
(e) 10 días al año
Prácticas obligatorias de grado o postgrado, universitarias o terciarias.
(f) 10 días
Para rendir la última materia de ia carrera de grado o post grado universitaria o terciaria,
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