

20 de septiembre 1342 - te.: 472-4135 / 155231488 Coseguro: presentacion del 1 al 18 de 9:30 a 14:30hs. (dia 19 no se recibe ni se reintegra) Cobro del coseguro: del 20 al 29 de 11:30 a 14:30 hs. HORARIO GREMIAL: lunes a viernes de 8 hs. a 17 hs.
ARTICULO 39°: Por descanso anual. La licencia por descanso anual es de carácter obligatorio, con goce de haberes, conforme la antigüedad que registre el agente.
Para tener derecho al goce completo de ésta el personal deberá contar con los años completos de actividad al 31 de diciembre de año inmediato anterior requeridos en cada supuesto.
a) De CATORCE (14) días cuando la antigüedad del empledo no exceda de CINCO (5) años.
b) De VEINIUN (21) días cuando sea la antigüedad mayor de CINCO (5) años y no exceda de DIEZ (10).
c) De VEINTIOCHO (28) días, cuando la antigüedad siendo mayor de DIEZ (10) años, no exceda de VEINTE (20).
d) De TREINTA y CINCO (35) días cuando la antigüedad exceda de VEINTE (20) años.
El agente tendrá derecho a gozar de ella por el término que le corresponda cuando haya cumplido UN (1) año de actividad inmediata al 31 de diciembre del año anterior al de su otorgamiento.
Si no alcanzase a completar esta actividad gozará de licencia en forma proporcional a la actividad registrada, siempre que ésta no fuera menor de SEIS (6) meses.
El agente que al TREINTA Y UNO (31) de Diciembre no complete SEIS (6) meses de actividad, tendrá derecho a gozar de la parte proporcional correspondiente a dicho lapso, a partir de la fecha en que se cumpla ese mínimo de actividad.
Es necesario aclarar que el art. 41, permite fraccionar las vacaciones, pero el total se deben completar antes del 31 de diciembre
2-10 00:00:00 10:57 - SOCIEDAD Asueto para el 23, 24, 30 y 31 de diciembre, también en la Provincia El gobernador bonaerense, Daniel Scioli, dispuso asueto administrativo con motivo de las fiestas de Navidad y Año Nuevo para el 23, 24, 30 y 31 de diciembre. |
La medida, refrendada por decreto, dispone asueto para la Administración Pública de la Provincia de Buenos Aires para el 23 y 30 de diciembre de 2010, a partir de las 12. A su vez, otorgó asueto para la Administración Pública de la Provincia de Buenos Aires para el 24 y 31 de diciembre de 2010. El decreto se enmarca en que las fechas mencionadas constituyen motivos de festejos y reencuentros entre las familias de la Provincia. La medida no alcanza a las instituciones bancarias y entidades financieras. La disposición se suma a lo dispuesto para el personal de la Administración Pública Nacional, quienes tendrán asueto los días 24 y 31 de diciembre, y el 23 y 30 de diciembre a partir de las 12 del mediodía, según determina un decreto del Poder Ejecutivo que publica hoy el Boletín Oficial. |
“Programa Escuelas Abiertas de Verano” Para el año 2011, inscripción del 13 /12/10 al 17/12/10, en Av. Colon 3180, oficina de Recursos Humanos en el horario de 8:00 a 13:00 hs.
Deberán presentar la siguiente documentación:
Personal Titular
· DNI original y fotocopia
· Recibo de haberes del establecimiento
· Periodo que usufructuara el agente sus vacaciones firmadas y selladas por el superior inmediato.
· Titulo de Manipulación de Alimento y/o Cocinero para Comedores Escolares, original y fotocopia.
Personal Temporario Mensualizado
Cada cobertura deberá realizarse respetando el orden de Antigüedad del agente en el Servicio y/o Distrito según corresponda. El Personal auxiliar que se encuentre o que se hubiese encontrado con cambio de funciones (Tareas Livianas) durante los 6 meses previos al momento de su designación No podrá ser incorporado al Programa.El sueldo es de $ 890.-